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El proyecto de Acto Legislativo o Reforma Constitucional, tiene ponencia favorable del senador Alejandro Carlos Chacón, del Partido Liberal, en la Comisión Primera del Senado, y permitiría el mejoramiento de la calidad de vida de los educadores oficiales que gozan de “asignación de retiro, y/o pensión de invalidez, y sus familias, en caso de pensión de sobrevivientes y/o sustitución pensional”.
Foto: Leonardo Vargas Mendoza

Por Luis Fernando García Forero. - Este proyecto beneficiaría a cerca de 60.000 educadores colombianos, que reclaman igualdad frente a otros sectores que mantienen este derecho desde hace más de una década.

El proyecto de Acto Legislativo o Reforma Constitucional, tiene ponencia favorable del senador Alejandro Carlos Chacón, del Partido Liberal, en la Comisión Primera del Senado, y permitiría el mejoramiento de la calidad de vida de los educadores oficiales que gozan de “asignación de retiro, y/o pensión de invalidez, y sus familias, en caso de pensión de sobrevivientes y/o sustitución pensional”.

La iniciativa modifica el artículo 48 de la Constitución Política para elevar de nuevo a rango constitucional beneficios a los maestros que dedicaron su vida al servicio público, especialmente en zonas rurales y de difícil acceso.

Según el texto, la medida aplicaría tanto para los docentes ya pensionados como para aquellos que lo harán en el futuro, así como para sus beneficiarios.

El proyecto se centra en el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio (Fomag), un fondo independiente destinado a los docentes oficiales que opera bajo un esquema similar al de los fondos de retiro de las Fuerzas Militares y la Policía.

Cabe recordar que la mesada 14 fue eliminada hace más de una década como medida para reducir el gasto público. Sin embargo, algunos sectores, como las Fuerzas Militares y la Policía Nacional, conservaron el derecho, lo que ha generado inconformidad entre otros grupos de pensionados.

El avance de este proyecto representa una nueva oportunidad para atender las demandas históricas del magisterio, que ha insistido en la necesidad de garantizar condiciones económicas dignas tras su jubilación. La iniciativa legislativa continúa su trámite como tema central para discusión en la Comisión Primera del Senado.

Es pertinente señalar que los pensionados del magisterio tenían derecho a la pensión adicional según el artículo 142 de la ley 100 de 1993. No obstante, ese beneficio pensional, en virtud del Acto legislativo 01 de 2005, fue suprimido por el Congreso de la República, señalando: “Las personas cuyo derecho a la pensión se cause a partir de la vigencia del presente Acto Legislativo no podrán recibir más de trece (13) mesadas pensionales al año. Se entiende que la pensión se causa cuando se cumplen todos los requisitos para acceder a ella, aun cuando no se hubiese efectuado el reconocimiento”.

La actual propuesta de reforma trata de redimir el beneficio que habían perdido los docentes y que está en manos actualmente de la Comisión Primera del Senado para que surta su tercer debate en el Congreso.   

Lo que debe saber de la Mesada 14

Son fundamentalmente dos artículos para que se establezca en la norma constitucional:

ARTÍCULO 1º. Adiciónese un parágrafo al artículo 48 de la Constitución Política, así: 

Parágrafo 4. Los y Las docentes nacionales, nacionalizados y territoriales que se encuentren o llegaren a estar en goce de pensión de jubilación, vejez o invalidez, o sus sobrevivientes, accederán a la mesada catorce de acuerdo al régimen especial y exceptuado del Sistema General de Pensiones del Magisterio de Colombia.

ARTÍCULO 2º. VIGENCIA. El presente Acto Legislativo rige a partir de su promulgación, no tendrá efectos retroactivos y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

La iniciativa debe ser aprobada en sus dos debates en el Senado de la República, antes del 16 de diciembre para que continúe su trámite a partir del 2025 porque es un proyecto de Acto Legislativo, es decir necesita de ocho debates para que sea promulgado como norma constitucional.

Bogotá, D. C, 19 de noviembre de 2025.

Fuente Oficina de Información y Prensa Senado.